viernes, 23 de octubre de 2009

TEORIA DEL DELITO

OBJETIVOS.
1.-Teorias causalista y finalista de la acción.
La acción consiste en actuar o hacer, es un hecho positivo, el cual implica que el agente lleva acabo uno o varios movimientos corporales y comete la infracción a la ley por si o por medio de instrumentos, animales, mecanismos o personas.
Voluntad: Es el querer, por parte del sujeto activo, de cometer el delito. Es propiamente la intención.
Actividad: Consiste en el hacer o actuar. Es el hecho positivo o movimiento corporal humano encaminado a producir el ilícito.
Resultado: Es la consecuencia de la conducta; el fin deseado por el agente y previsto en la ley penal.
Nexo de casualidad: Es el ligamento o nexo que une a la conducta con el resultado, el cual debe ser material. Dicho nexo es el que une a la causa con el efecto, sin el cual este último no puede atribuirse la causa.

Distinguira el sujeto activo de la conducta que constituye el delito, personal humana, calidad y numero de persona juridico colectiva. Derecho positivo Mexicano.

Sujeto activo es la persona fisica, que comete el delito, llamado tambien; delincuente, agente o criminal.

Sera siempre una persona fisica independientemente del sexo, edad, (la minoria de edad da lugar a la imputabilidad), nacionalidad y otras caracteristicas.

Cada tipo(descripcion legal de un delito) señala las calidades o caracteres especiales que se requieren para ser sujeto activo.

Explicara cual es el sujeto pasivo del delito, persona humana, calidad y numero, persona juridico colectiva. Derecho positivo Mexicano.

Sujeto pasivo es la persona fisica o moral sobre quien recae el daño o peligro causado por la conducta realizada por el delincuente. Se le llama tambien victiau ofendido, en cuyo caso una persoa juridica puede ser sujeto pasivo de un delito, (patrimoniales y contra la nacion). Estrictamente el ofendido es quien de manera indirecta recienta el delito.

Sujeto pasivo de la conducta es la persona de que manera directa reciente la accion por parte del sujeto activo, pero la afectacion en sentido estricto la recibe el titular del bien juridico tutelado.

Sujeto pasivo del delito es el titular del bien juridico tutelado que resulta afectado.

Los delitos de comision por omision o impropios delitos de omision son aquellos en los que el agente decide actuar y por esa inaccion se produce el resultado material. Para Cuello Calon consiste los falsos delitos de omision en la aparicion de un resultado delictivo de caracter positivo, por inactividad, formula que se concreta en la produccion de un cambio en el mundo exterior mediante la omision de algo que el derecho ordenaba hacer.



TEORIA DE LA LEY PENAL.

CONCEPTO DE DERECHO PENAL.
¿QUE ES UN DELITO?.
DENOMINACION DEL DERECHO PENAL.
CARACTERISTICAS.
FUENTES DE LA LEY PENAL.
OTRAS FUENTES DEL DERECHO PENAL.
EFECTOS DE LA LEY PENAL.
TEORIA DEL DELITO.

CONCEPTO DE DERECHO PENAL.

El crminalista español Eugenio Cuello Calon lo define como el "conjunto de normas que determinan los delitos, las penas que el estado impone a los delincuentes y a las medidas de seguridad que el mismo establece para la prevencion de la criminalidad"



¿QUE ES UN DELITO?
Son acciones antisociales prohibidas por la ley, cuya comision hace acreedor al delincuente a determinadas sanciones conocidas con el nombre especifico de penas.


DENOMINACION DEL DERECHO PENAL.

El derecho penal ha tenido distintas denominaciones. Las más frecuentes son:

  • DERECHO PENAL
  • DERECHO CRIMINAL
CARACTERISTICAS.
1.- opera sólo entre Estados.
2.- Tiene por finalidad dos aspectos; que se le entregue el individuo para ser juzgado o para aplicarle una pena.



FUENTES DE LA LEY PENAL

- El principio de la reserva o legalidad
- Leyes penales en blanco
- Otras fuentes del derecho penal
Como forma de concreción de la norma jurídica, no hay más fuente de derecho penal que la ley. Otras formas de concreción que tienen validez en otras ramas del ordenamiento jurídico no son fuentes de derecho penal; como es el caso de la costumbre, la doctrina, la jurisprudencia, etc.


OTRAS FUENTES DEL DERECHO PENAL
La costumbre, que tiene en general un escaso valor en nuestro sistema jurídico, lo tiene aún menor en materia penal. Desde luego no puede constituir fuente inmediata del derecho penal, mas si podría tener el carácter de fuente mediata, cuando las disposiciones penales se refieren a instituciones propias de otras ramas del derecho, como el derecho civil o el comercial, y en dichos campos, con relación a esas instituciones, se admite la costumbre como fuente de derecho. En tales casos, se tratará siempre de la costumbre llamada integrativa, con exclusión de la contraria a la ley y de la supletoria de la misma.
En cuanto a la Jurisprudencia, entendida como la doctrina sentada por los tribunales de justicia al fallar los casos sometidos a su conocimiento, puede decirse que en derecho penal tiene aplicación el principio de que las sentencias no tienen valor sino respecto de aquellos casos sobre los que actualmente se pronunciaren.
La doctrina, no tiene en principio valor alguno como fuente del derecho penal. Pero tal como en el caso de la costumbre y la jurisprudencia, no cabe duda de que la doctrina pueda tener una influencia sobre la manera de entender y aplicar el derecho por los tribunales.
Los actos administrativos son sólo fuente del llamado derecho penal administrativo, distinto del común. Indirectamente, en el caso de las leyes penales en blanco que a ellos se remiten, pueden ser fuente mediata de derecho penal.


EFECTOS DE LA LEY PENAL

- Aplicación de la ley penal en el espacio
- Aplicación de la ley penal en el tiempo
- Aplicación de la ley penal a las personas

1.- APLICACIÓN DE LA LEY PENAL EN EL ESPACIO
Principio general; la ley penal es esencialmente territorial, es decir, rige solamente los delitos cometidos en el territorio del Estado que la dicta.
Sólo el Estado dicta y aplica las leyes en virtud del principio de soberanía, y luego la ley penal sólo puede regir en el Estado en que se dictó

2.- APLICACIÓN DE LA LEY PENAL EN EL TIEMPO
Las leyes penales rigen mientras tienen vigencia jurídica, esto es, desde su promulgación hasta su derogación. La promulgación marca el comienzo de existencia de la ley como tal. La promulgación se efectúa en el D.O., de acuerdo a las reglas legales, y desde esa fecha entra en vigencia, salvo disposición legal en contrario

3.- APLICACIÓN DE LA LEY PENAL A LAS PERSONAS
Principio: La ley penal mexicana se aplica a todos los habitantes de la República, incluso los extranjeros, y se aplica a todos ellos en la misma forma.